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Absuelto exfiscal acusado de cobrar millonaria suma de dinero a cambio de dejar personas en libertad

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Absuelto exfiscal acusado de cobrar millonaria suma de dinero a cambio de dejar personas en libertad

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia revocó la condena de 10 años de prisión que había sido proferida en contra del exfiscal especializado de Apartadó (Antioquia), Arnoldo Luis González Arévalo, por el delito de concusión.

El alto tribunal tomó la decisión con ponencia del magistrado Luis Antonio Hernández al considerar que no existen pruebas que logren determinar eficazmente que el exfiscal haya “exigido una millonaria suma de dinero con el fin de dejar en libertad a Jorge Eliécer Rozo Solano, quien había sido capturado con 19 kilos de cocaína en su poder”.

Señaló la corporación judicial que “no obra prueba de que haya actuado con su asistente (Esperanza Magnolia Izquierdo Moreno) ni con el abogado (Marino Ortiz Palacio) para exigir dinero al capturado (Jorge Eliécer Rozo Solano)”.

Agregó la Corte que “las pruebas no permitieron establecer si la iniciativa corrupta se originó en el procesado o provino del abogado litigante quien representaba los intereses de Jorge Eliecer Solano. Ninguno de los elementos de juicio le permitió a la Corte determinar que el exfiscal intervino en los hechos delictivos”.

Cabe señalar que de acuerdo con la investigación, el hoy exfiscal González Arévalo y su asistente Esperanza Magnolia Izquierdo Moreno, fueron investigados por presuntamente haber solicitado treinta y cinco millones de pesos ($35.000.000) por dejarlo en libertad.

En la investigación, además del exfiscal, fue capturada su asistente, quien se acogió a principio de oportunidad y se convirtió en testigo contra los demás implicados, aceptando haber recibido el dinero del abogado para entregárselo a González Arévalo. No obstante, la Corte indicó que “la conclusión a la que llegó el tribunal no pasa de una simple conjetura (…) la realidad probatoria demuestra que la libertad no dependía del exfiscal ni coincide con la audiencia en que se dio la orden de libertad”.

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