Abusadores de menores de edad podrán tener rebaja de pena
Así lo estableció La Corte Suprema luego de estudiar el caso de una persona condenada por este delito.
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Edward Zúñiga, castigado a ocho años de prisión por intentar abusar a una menor de 14 años, actualmente paga su condena en el Establecimiento Penitenciario y Carcelario “San Isidro” de Popayán. Él presentó una acción de tutela contra la Sala Penal del Tribunal Superior de Popayán porque consideró que sus derechos fundamentales a la dignidad humana, a la igualdad y al debido proceso fueron vulnerados conforme al artículo 103A del Código Penitenciario y Carcelario.
El caso, que fue estudiado por la Corte Suprema de Justicia, dio un giro inesperado, ya que el Alto Tribunal consideró que la reducción de pena es un derecho y no un beneficio de cualquier persona judicializada aun en contraposición con lo que establece el Código de Infancia de 2006, en el que prevalecen los derechos del niño. De acuerdo con esta normativa las personas involucradas en este tipo de delitos, como los abusos sexuales a menores, no pueden recibir ningún beneficio o rebaja de pena.
El resultado del fallo indica que una persona condenada por delitos sexuales contra menores de 14 años de edad tiene derecho a una redención de pena, toda vez que cumpla con actividades de estudio, trabajo, deportes o actividades artísticas como parte de un programa de resocialización “núcleo esencial del derecho a la libertad”.