Así se podrá obtener permiso para alquilar bicicletas y patinetas durante calamidad pública en Bogotá
- Felicidad en dos ruedas: las bicicletas abundan en La Ceja, Antioquia
- Condenan a 11 años de cárcel y expulsan del país al sujeto que robaba patinetas en Bogotá
Publicidad
la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) les permitirá a las empresas interesadas en impulsar la micromovilidad de Bogotá, en medio de la emergencia por el Covid-19, obtener un permiso temporal para el alquiler de bicicletas o patinetas eléctricas.
El proceso para recibir la autorización es el siguiente:
- La empresa interesada debe solicitar el permiso temporal a la SDM mediante un formato establecido. En la solicitud debe indicar las especificaciones y el número de vehículos a utilizar.
- La empresa interesada debe enviar los requisitos solicitados a la SDM.
- Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos, la SDM expedirá un acto administrativo con la autorización temporal para el alquiler de vehículos de micromovilidad: patinetas o bicicletas.
Los requisitos para obtener el permiso son:
- Póliza de seguros para usuarios y terceras personas
- Cumplimiento del estándar MDS (Mobility Data Specification) para intercambio de información
- Protocolo de bioseguridad en cumplimiento a lo establecido por el Gobierno Nacional y la Administración Distrital
Los lineamientos a tener en cuenta para la prestación del servicio son:
- Todos los vehículos de micromovilidad deberán contar como mínimo con freno, timbre, luz blanca delantera, luz roja trasera, pie de apoyo, dispositivo para su geolocalización (GPS) y número único de identificación visible.
- Las empresas deberán proporcionar a sus clientes información sobre el uso adecuado y seguro de los vehículos de micromovilidad.
- El estacionamiento de estos vehículos se podrá realizar únicamente en vías locales o intermedias sobre las que no circule transporte público, ubicándolos sobre la calzada y en fila única, uno detrás de otro, a no más de 30 cm del bordillo o andén.
- Los permisos otorgados tendrán vigencia únicamente durante el estado de calamidad pública declarado por el Distrito con ocasión de la pandemia de Coronavirus Covid-19.
¿Por dónde pueden circular los vehículos de micromovilidad?
- Transitar por la red de ciclorrutas.
- Circular por la calzada en aquellos casos en los que no existe ciclorruta en vía o fuera de vía.
- No transitar por andenes.
Recomendaciones para el uso seguro de vehículos de micromovilidad:
- Seguir los protocolos de bioseguirdad y autocuidado establecidos.
- Transitar a una velocidad máxima de 20 km/h.
- Utilizar el casco y asegurarse que esté correctamente ajustado.
- No manipular dispositivos móviles, audífonos o cualquier otro elemento que lo distraiga en la vía.
- Evitar transportar paquetes u objetos que dificulten las maniobras o reduzcan la visibilidad.
- En horas de baja visibilidad, utilizar elementos reflectivos sobre el vehículo y la ropa.
- No utilizar estos vehículos en estado de embriaguez, bajo los efectos de otras sustancias.
- No hacer saltos o maniobras imprudentes.
- Conocer y respetar la señalización vial y demás normas de tránsito.
- Viajar una persona por vehículo.
Publicidad