‘Colombia Mayor’: conozca los requisitos y cómo puede inscribirse
Con el programa ‘Colombia Mayor’ el Gobierno pretende proteger a los adultos mayores que no cuentan con una pensión o viven en pobreza extrema.
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El Programa de Protección Social al Adulto Mayor, también conocido como ‘Colombia Mayor’, es una iniciativa del Gobierno diseñada para ofrecer apoyo a los adultos mayores que se encuentran en situación de vulnerabilidad. Su principal objetivo es brindar un subsidio económico a quienes no cuentan con una pensión o que viven en condiciones de extrema pobreza para garantizar una mejor calidad de vida para este sector de la población.
A nivel nacional, de acuerdo con la información de Prosperidad Social, el valor del subsidio mensual se unificó en 80.000 pesos para todos los beneficiarios. Sin embargo, para la ciudad de Bogotá los adultos mayores que forman parte de este programa obtendrán un monto adicional que es cofinanciada por el Distrito.
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Lista de requisitos para aplicar al subsidio
De acuerdo con Prosperidad Social, para acceder a este subsidio es importante que los adultos mayores cumplan los siguientes requisitos:
• Ser colombiano.
• Haber residido durante los últimos diez 10 años en el territorio nacional.
• Mínimo estar tres años por debajo de la edad requerida para pensionarse por vejez, la que 54 años para las mujeres y 59 años para los hombres.
•No tener ingresos suficientes para subsistir, que según el Sisbén IV se toman todos los niveles de los grupos A, B y el C hasta el subgrupo C1.
¿Cuál es el proceso de inscripción de ‘Colombia Mayor’?
Los adultos mayores que cumplan con los requisitos deben dirigirse a la Alcaldía de su municipio, llevando su cédula de ciudadanía en físico y debe tener en cuenta que este trámite en algunas localidades se realiza en la Oficina de Atención al Adulto Mayor. Durante esta visita, un funcionario revisará los documentos y registrará la inscripción en el Sistema de Información de ‘Colombia Mayor’.
Posteriormente, se verificará la situación del solicitante cruzando información con bases de datos externas, asegurándose de que no reciba pensión o arriendos y se verificarán si puede aplicar a los criterios de priorización, pues estos determinan el orden para asignar cupos según su disponibilidad.
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De acuerdo con la información de Prosperidad Social este subsidio de ‘Colombia Mayor’ establece criterios de priorización para garantizar que los recursos se destinen a quienes más lo necesitan, entre estos criterios se encuentran: la edad del aspirante, el puntaje en el Sisbén, la discapacidad, y si el adulto mayor vive solo y no depende económicamente de nadie.
También, le da prioridad a aquellos que han perdido subsidios anteriores al llegar a la edad de jubilación, con la condición de que manifiesten el deseo de utilizar el subsidio para reintegrarse al sistema de pensiones. Los pagos del subsidio son mensuales, y la transferencia se realiza directamente al beneficiario a través de operadores de pago. Los adultos mayores deberán estar atentos, ya que los recursos estarán disponibles para ser cobrados durante diez días hábiles después de cada ciclo de pago.
¿Cómo son los pagos de ‘Colombia Mayor’?
La entidad territorial informará a los adultos mayores cuando se les asigne un cupo en el programa, de igual forma los adultos pueden consultar la Oficina del Adulto Mayor de su alcaldía o los canales de participación ciudadana de Prosperidad Social.
Para cobrar el subsidio, los beneficiarios se comunicarán con la Alcaldía local para identificar el punto de pago más cercano y acudir al operador de pago. Se debe tener en cuenta que las transferencias se realizan mensualmente y están disponibles para ser cobradas durante 10 días hábiles.
Lista de los casos en los que puede perder el subsidio
Es importante que los beneficiarios conozcan las causales por las que podrían perder el subsidio, que son las siguientes:
- Fallecimiento del beneficiario.
- Brindar información falsa o intento de conservar el subsidio de forma fraudulenta.
- Recibir una pensión u otro subsidio a la Vejez en dinero que sumado con ‘Colombia Mayor’ sea mayor a medio SMMLV (Salarios mínimos mensuales legales vigentes).
- Trasladarse a otro municipio.
- No realizar el cobro del subsidio en cuatro giros.