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Cuota alimentaria debe ser igual para ambos padres: Corte Suprema de Justicia

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Al fallar una tutela la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia estableció nuevas reglas a la hora de fijar el valor de la cuota alimentaria.

Explicó el alto tribunal que “la obligación de alimentos” de los menores “a cargo de uno de los dos progenitores, madre o padre” vulnera los derechos, toda vez que “la misma debe estar garantizada por ambos, no de manera independiente uno del otro”.

El pronunciamiento lo hizo la Corporación Judicial al estudiar el caso de una pareja con dos hijos, que en 2007 se divorció por diferencias personales y presunto maltrato familiar por parte del padre.

Durante el proceso se resolvió dejar a los hijos, cada uno en un hogar diferente, para que tanto la padre como la madre asumieran los gastos de estos de forma separada, lo que a juicio de la Corte “puso en riesgo que los dos tengan una calidad de vida equilibrada y en igualdad de condiciones”.

Toda vez que “sin importar si el niño o la niña pueden tener mayor gastos, resolvió asignarlos a uno de los padres, con suposiciones de que puede ser que el mayor tenga mayores gastos que la otra, en lugar de establecer que juntos contribuyeran en proporción a los ingresos de cada uno y teniendo en cuenta las necesidades de uno y otro”.

Para la Corte “el juez al modificar o fijar una cuota alimentaria no solo debe verificar la acreditación de los presupuestos para acceder a las pretensiones, sino que además debe tener en cuenta el interés superior de los dos menores, a fin de que con la determinación no se transgredan otros derechos fundamentales”.

“El funcionario judicial (…) está en el deber de ser precavido con los efectos y riegos que aquella pueda generar, tanto así como prevenir futuros desequilibrios o desigualdades que terminen por influir no sólo en el ámbito económico de los padres, sino también en otras esferas que mantienen el vínculo familiar” indica el fallo.

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