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Fallo explica en qué casos vía tutela se puede acceder a tratamientos de fertilización in vitro

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Fallo explica en qué casos vía tutela se puede acceder a tratamientos de fertilización in vitro

Convertirse en madres, ese es uno de los ideales o deseos que tiene una mujer en cualquier parte del mundo. Sin embargo, esto se ha convertido en una batalla jurídica en Colombia dado a que actualmente los tratamientos de fertilización asistida se encuentran fuera del Plan de Bienestar en Salud (PBS) por su alto costo.

Precisamente la Corte Constitucional ha emitido varios pronunciamientos dado a la  cantidad de tutelas que llegan al alto tribunal, mediante las cuales, las mujeres buscan que se ordene a las Entidades Promotoras de Salud permitirles acceder a tratamientos como el de fertilización in vitro.

Por esta razón, el Alto Tribunal explicó en qué casos a través de la acción de tutela, una mujer puede acceder “a tratamientos de fertilidad”, explicando para ello que debe tenerse en cuenta que, “se esté frente a la inminente consumación de un perjuicio irremediable”.

Aclaró la corporación judicial que “la protección y reconocimiento del amparo de derechos fundamentales relacionados con el acceso al procedimiento de fecundación in vitro que no se encuentra incluido en los Planes Obligatorios de Salud, actualmente Plan de Beneficios en Salud” se pueden reconocer única y exclusivamente cuando cumplan los siguientes requisitos:

  1. Cuando se busca garantizar el principio de continuidad en la prestación del servicio de salud.
  2. Cuando se requiere la práctica de exámenes o procedimientos diagnósticos, para precisar una condición de salud asociada a la infertilidad.
  3. Cuando la infertilidad sea producto o consecuencia de otro tipo de patologías o enfermedades (infertilidad secundaria) que ponen en riesgo la vida del paciente y así garantizar el tratamiento de tales padecimientos, con lo cual, de forma indirecta se combate la infertilidad.
  4. Cuando a partir de un análisis basado en derechos reproductivos y otras garantías, se concluye que la imposibilidad de acceder al tratamiento de fertilidad resulta en una vulneración de los derechos fundamentales como los de igualdad, no discriminación, derecho a conformar una familia.

El pronunciamiento lo hizo la Corte al estudiar el caso de una mujer quien en el año 2009, se encontraba en estado de embarazo, pero ingresó a urgencias debido a una fuerte hemorragia que sufrió. Señaló la tutelante que tras una ecografía trasvaginal se logró determinar que se trataba de un embarazo ectópico tubárico izquierdo, que requirió la cirugía de urgencia y la extirpación de la trompa de Falopio afectada.

Por lo que frente a lo ocurrido, la Corte afirmó que “hecha la anterior precisión, y teniendo en cuenta que la disfunción reproductiva que padece la ciudadana, no es producto de otra patología o enfermedad, sino que se debe a un problema físico originario, que no implica consecuencias adversas o peligrosas para su salud, esta Sala procederá a confirmar las decisiones de instancia que denegaron el amparo de los derechos fundamentales a la dignidad humana y al libre desarrollo de la personalidad”.

Frente a este pronunciamiento, el médico Juan Carlos Vargas, asesor científico de Profamilia, explicó que la infertilidad es una patología que está derivada de otra patología que pueden ser factores hormonales e inmunológicos, etc.

Agregó que un problema de fertilidad es cuando “una pareja lleva un año sosteniendo relaciones sexuales regulares y no logra un embarazo”.

Afirmó el médico que “el tratamiento de fertilidad no solamente es una fertilización in vitro”, aclarando para que es importante que exista “regulación para que parejas con patologías de infertilidad puedan acceder a tratamientos que beneficios del proceso científico ofrece”.

Explicó que esos tratamientos son de alto costo pues “se requiere de una alta tecnología para poderlos ofrecer, se requiere de equipos especiales, porque las mujeres que van a ser sometidas a esos tratamientos requieren de medicamentos que le generen ovulación, medicamentos que no son comunes en el mundo. Un tratamiento de fertilidad puede oscilar entre los 15 y 20 millones de pesos dependiendo de lo que requiera la pareja”.

Resaltó que en Colombia promedio las mujeres que buscan acceder a este tratamiento están entre los 30 y 45 años de edad”.

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