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Corte de la Haya resolverá hoy el litigio entre Colombia y Nicaragua por el mar Caribe

La Corte Internacional de Justicia (CIJ), en La Haya, se pronunciará este jueves sobre la larga disputa territorial entre Colombia y Nicaragua

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La Corte Internacional de Justicia (CIJ), en La Haya, se pronunciará este jueves sobre la larga disputa territorial entre Colombia y Nicaragua, por la delimitación de la plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas desde la costa nicaragüense, un fallo vinculante que busca el fin a esta controversia.

El máximo órgano judicial de Naciones Unidas tiene programada la sesión a las 15.00 hora neerlandesa (13.00 GMT) y será la jueza Joan E. Donoghue quien leerá la decisión a la que ha llegado la Corte, cuyas sentencias son legalmente vinculantes y definitivas, aunque no tiene mecanismos prácticos de ejecución y queda en manos de la voluntad de los Estados cumplir los fallos.

Nicaragua reclamó en el tribunal de la ONU una plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas desde su costa caribeña, pero Colombia defiende que la plataforma continental del archipiélago de San Andrés “se une incuestionablemente con la plataforma continental que tiene la costa caribe colombiana”.

La última vez que la CIJ trató el caso fue en unas audiencias públicas en diciembre, cuando escuchó a los equipos legales de ambos países defender los argumentos. Managua y Bogotá tuvieron que presentar sus argumentos exclusivamente en relación con dos cuestiones del derecho internacional consuetudinario, les pidió la CIJ.

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Nicaragua defendió entonces que las plataformas continentales y zonas marítimas que se superponen entre Estados “deben ser delimitadas de acuerdo con el derecho internacional” y costumbres legales aceptadas por ambas partes como norma, señaló el agente nicaragüense ante la CIJ, Carlos José Argüello Gómez.

“Una lectura cuidadosa de la posición de Colombia sobre las controversias presentadas en su contra por Nicaragua en el caso (…) muestra que la posición de Colombia no ha sido consistente”, aseguró Argüello Gómez, sobre las diferencias en la interpretación de la Convención de la ONU sobre el Derecho del Mar (UNCLOS), que Bogotá no ha ratificado.

El agente colombiano, Eduardo Valencia-Ospina, contestó a la pregunta de la Corte: “¿Puede la demanda de un Estado a una plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas, cruzar y amputar los derechos de otro Estado dentro de sus 200 millas náuticas de costa marítima? Una respuesta corta es: no”, planteó.

Subrayó que la postura de Bogotá “se ajusta a la ley del mar” y “está firmemente respaldada por la práctica de los Estado, y está en línea con los puntos de vista de los Estados vecinos del mar Caribe que han protestado contra la petición desorbitada” de Nicaragua.

Además, explicó que Colombia espera que “cuando, este procedimiento finalice, el tribunal haya confirmado lo que ya ha dicho en 1995, que la prolongación natural no podría nunca” estar dentro de las 200 millas náuticas de otro Estado.

El litigio entre Colombia y Nicaragua dio un giro hace 10 años con un fallo de la CIJ que modificó los límites entre los dos países en el mar Caribe, pero, lejos de zanjar la cuestión, dio pie a nuevas demandas en La Haya.

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En la sentencia del 19 de noviembre de 2012, por una querella presentada en 2001 por el país centroamericano, Colombia mantuvo la soberanía sobre el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, así como de los cayos que lo integran, y conservó 12 millas náuticas del agua que rodea estos territorios, pero perdió con Nicaragua casi 75.000 kilómetros cuadrados de mar.

Ante la decisión de Colombia de no aplicar el fallo y declarar una Zona Contigua Integral para ejercer su jurisdicción en las aguas aledañas a las islas y cayos “como archipiélago y no como territorios inconexos”, Nicaragua volvió a la CIJ en septiembre de 2013.

En esa ocasión, Managua pidió a la Corte que se declarara el “rumbo exacto” de la frontera marítima, “más allá” de los límites de 200 millas definidos en la sentencia de noviembre de 2012, así como que se le exigiera a Bogotá la derogación de leyes “incompatibles con la sentencia” y la revocación de permisos otorgados a los buques pesqueros colombianos que faenan en las aguas en disputa.

En respuesta, Colombia contrademandó, alegando que Nicaragua “ha violado los derechos de pesca artesanal de los habitantes del archipiélago, en particular de la comunidad raizal”, pues sus bancos de pesca tradicionales quedaron fuera de las 12 millas náuticas estipuladas en el fallo anterior.

En abril del año pasado, la CIJ consideró que hay una violación de “los derechos de soberanía y la jurisdicción” de Nicaragua en su Zona Económica Exclusiva (ZEE), y exigió a Colombia “cesar inmediatamente su conducta” en esa área.

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