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Justicia

Paz y dosis mínima, en la agenda de la Corte Constitucional

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La sala plena de la Corte Constitucional está conformada por nueve magistrados y su periodo es de ocho años. Actualmente en manos del alto tribunal esta la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz, los decretos de paz firmados por el Gobierno y tutelas que marcarán un precedente para la sociedad.

El presidente de la Corte Constitucional, magistrado Alejandro Linares se refirió en Primera Hora a la penalización de la dosis mínima, la eutanasia, la Jurisdicción Especial para la Paz y la situación que se vive con el partido FARC por la eminente extradición de Jesús Santrich y la salida de alias “El Paisa” de una zona de reincorporación en el Caquetá.

“Nosotros vemos la crisis de una manera muy neutral, estamos concentrados en terminar de revisar lo que se llama el Fast Track. Ya se han aprobado tanto la JEP, como la participación en política de las FARC y el blindaje jurídico de los acuerdos. Entonces nuestra visión es concentrarnos en el Fast Track y hacer todo lo posible para que el acuerdo se implemente de la mejor manera precisa”, dijo el presidente del alto tribunal.

Respecto a la Jurisdicción Especial para la Paz, Linares indicó que ya fue aprobado el acto legislativo uno de 2017, que implementó y aprobó la JEP, “nos queda pendiente la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz, que esperamos terminar de revisar antes del final de semestre de este año”.

En relación con la propuesta de un candidato presidencial sobre una reforma a la justica para que haya una sola Corte, el magistrado dijo que es bueno debatir si conviene o no tener una sola corte. “Yo creo con la mayor humildad que ya existe esa sola corte, que es la Corte Constitucional, pero bienvenido el debate, nadie es perfecto y obviamente el sistema judicial tiene que mejorar y estamos muy atentos a que los órganos políticos aprueben la mejor reforma para el país.

“El país tiene una historia muy importante en sus distintas cortes, por ejemplo el Consejo de Estado el año pasado cumplió 200 años y tiene una historia jurídica muy importante. La Corte Suprema de Justicia ha tenido un rol determinante en todo el tema de la parapolítica y ha sido un órgano muy importante en Colombia, mientras que la Corte Constitucional tiene otro tipo de funciones; es un órgano de cierre pero su misión principal es defender los derechos de los colombianos, en esa medida independientemente de que allá una o varias cortes, cada una tiene su función especializada, sin embargo tenemos una visión neutral esperando que los órganos políticos decidan qué es lo mejor para Colombia”, sostuvo el magistrado.

Respecto a la dosis mínima, sobre su penalización, el presidente de la Corte Constitucional dijo que “se somete al precedente, la Corte ha sido reiterativa al respeto del libre desarrollo de la personalidad y mientras no haya un cambio constitucional esa tesis se mantendría”.

En cuanto a la eutanasia, Linares explicó que “la Corte ha sido una abanderada a los derechos de la vida digna y dentro del concepto de vida digna esta también el de morir dignamente. Si se tiene una enfermedad terminal es obvio que tiene el derecho a terminar su vida en los términos de la jurisprudencia de la Corte Constitucional”.

Reconoció que “es una conquista, hay mucha gente que se opone al tema, pero creo que parte de vivir dignamente es poder morir dignamente, porque si no se vive de manera digna no tiene sentido seguir viviendo”.

Respecto a la JEP, Linares solo dijo que “ya fue aprobada salvo que los órganos políticos la modifiquen, pero desde el punto de vista constitucional la Corte ya la revisó y la encontró ajustada a la Constitución”.

Qué es y cómo funciona la Corte Constitucional

La Corte Constitucional fue creada por la Constitución Política y es un órgano perteneciente a la rama judicial, es la encargada de velar por la integridad y supremacía de la Constitución.

Dentro de sus funciones están:

Decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad que promuevan los ciudadanos contra los actos reformatorios de la Constitución”.

  • Decidir con anterioridad al pronunciamiento popular, sobre la constitucionalidad de la convocatoria a un referendo o a una asamblea constituyente.
  • Decidir sobre la constitucionalidad de los referendos sobre leyes y de las consultas populares y plebiscitos del orden nacional.
  • Decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad que presenten los ciudadanos contra las leyes.
  • Decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad que presentes los ciudadanos contra los decretos con fuerza de Ley.
  • Decidir definitivamente sobre la constitucionalidad de los proyectos de ley que hallan sido objetados por el Gobierno.
  • Decidir la exequibilidad de los tratos internacionales y de las leyes que los apruebe.
  • Revisar en la forma que determine la ley las decisiones judiciales relacionadas con la acciond e tutela.
  • Darse su propio reglamento.

¿Qué es “Primera Hora”?

Recuerde que puede ver “Primera Hora” de lunes a viernes en el horario de 6:00 a.m. a 9:00 a.m. En el programa tratamos todo tipo de temas de la vida nacional, desde política hasta entretenimiento y deportes, los cuales son contados de una forma amena y en un formato distinto al de los noticieros convencionales.

El programa es presentado por Silvia Corzo, Iván Lalinde, Lucho Garzón y el ‘profe’ Adrián Magnoli.

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