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Nacional

Entienda cómo funciona el estatuto que protegerá a venezolanos en Colombia

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Venezuela

El presidente de la República, Iván Duque anunció este lunes, la creación de un Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos.

¿Qué es el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes?

Es un mecanismo complementario al régimen de protección internacional de refugiados, que permite llenar los vacíos existentes en este régimen, con base en la realidad migratoria y la capacidad de respuesta que tiene el país en materia institucional, social y económica.

¿Cuál es su objetivo?

El objetivo del Estatuto Temporal de Protección es permitir el tránsito de los migrantes venezolanos que se encuentran en el país de un régimen de protección temporal a un régimen migratorio ordinario, es decir, que los migrantes venezolanos que se acojan a la medida tendrán un lapso de 10 años para adquirir una visa de residentes.

Esta medida busca estimular el tránsito al régimen migratorio ordinario y disminuir las cifras de migración irregular actuales y futuras.

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¿A quiénes va dirigido?

El Estatuto Temporal de Protección estará dirigido a aquellos migrantes venezolanos que se encuentran en Colombia de manera regular, bien sea porque son beneficiarios de un permiso de ingreso y permanencia, porque realizaron una prórroga de permanencia o porque cuentan con un PEP.

También se beneficiarán de este estatuto temporal de protección los migrantes venezolanos solicitantes de refugio y titulares de un salvoconducto SC-2, es decir, aquellos que están tramitando una visa ante la Cancillería.

Frente a los irregulares, podrán beneficiarse con este estatuto temporal de protección, aquellos migrantes venezolanos en condición de irregularidad que demuestren que se encontraban en Colombia a 31 de enero de 2021.

Adicionalmente como una medida para desincentivar la irregularidad, se propone que aquellos migrantes venezolanos que ingresen de manera regular al país durante los primeros dos años de vigencia del Estatuto, se beneficien del mismo.

¿Qué obligaciones adquiere el migrante que sea cobijado por el Estatuto?

  • Incluir su información en el Registro so pena de los procedimientos administrativos sancionatorios a que haya lugar.
  • Obligatoriamente debe hacerse la transición de PEP a Permiso por protección temporal para unificación y control.
  • Aquellos migrantes venezolanos que incluyeron su información en el Registro y a pesar de poder solicitar el Permiso no lo hicieron, también serán sujetos de actuaciones administrativas sancionatorias.
  • Previo a la terminación de la vigencia del ETPV el migrante venezolano que desee permanecer en Colombia deberá tramitar y obtener una visa.
  • El migrante venezolano que a la fecha de finalización de la vigencia del ETPV no hiciera tránsito al régimen ordinario de regularización migratoria, incurrirá en permanencia irregular y será objeto de las medidas administrativas sancionatorias correspondientes.

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¿Cómo se llevará a cabo la implementación del Proyecto?

Transcurridos 90 días posteriores a la publicación del Decreto por medio del cual se adopta el Estatuto Temporal de Protección para venezolanos, se implementará en dos fases:

Fase 1: Registro único de Migrantes Venezolanos que hace parte del Proyecto de Identificación y Registro de Ciudadanos venezolanos (RIC).

Fase 2: Expedición del Permiso por Protección Temporal.

¿Qué debe hacer el migrante para ser incluido en este registro?

Para ser incluido en el Registro se requiere:

  • Cumplir con alguna de las características descritas en el ámbito de aplicación, y encontrarse en Colombia.
  • Presentar su documento de identidad vigente o vencida (Pasaporte, Cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia).
  • Acta de nacimiento (solo para menores de edad).
  • Declaración expresa de la intención de permanecer temporalmente en Colombia.
  • Autorización de recolección de datos biométricos.

¿Qué es el Permiso por Protección Temporal?

El permiso de protección personal es un mecanismo de regularización migratoria y documento de identificación, que autoriza a los migrantes venezolanos a permanecer en Colombia en condiciones de regularidad migratoria especial por su término de vigencia.

¿Qué permite el Permiso por Protección Temporal a su beneficiario?

Permite ejercer durante dicho período cualquier actividad u ocupación legal en el país, incluidas aquellas que se desarrollen en virtud de una vinculación o de contrato laboral, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano para el ejercicio de las actividades reguladas.

Le permitirá al extranjero acreditar su permanencia en Colombia para los efectos de la acumulación del tiempo requerido para aplicar a una Visa Tipo R. Este beneficio también aplica a aquellos que sean titulares de PEP vigente a la fecha de entrada en vigencia.

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¿Cuáles son los requisitos para obtener el Permiso por Protección Temporal?

  • Estar incluido en el Registro único de Migrantes.
  • No tener antecedentes, anotaciones ni procesos administrativos o judiciales en curso.
  • No tener en curso investigaciones administrativas migratorias.
  • No tener en su contra medidas de expulsión, deportación o sanción económica vigente.
  • No tener en curso investigaciones o condenas por delitos cometidos en Colombia.

Consulte aquí más información sobre el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos

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