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Nacional

Cierre de fronteras terrestres y fluviales se extenderá hasta el 16 de enero de 2021

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Fronteras Migración

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 1550 del 28 de noviembre de 2020, el cierre de todos las fronteras terrestres y fluviales del país, se prolongarán hasta el próximo 16 de enero de 2021, mientras que las fronteras marítimas serán abiertas a partir de la media noche del día de este lunes.

De acuerdo con el director general de Migración, Juan Francisco Espinosa, esta medida busca evitar y contener la propagación del COVID-19 dentro del territorio nacional.

“El Gobierno nacional sigue trabajando con los países vecinos, así como con las Gobernaciones y Alcaldías, en la búsqueda de mecanismos que permitan repensar una apertura de las demás fronteras de una manera segura, sin poner en riesgo a los viajeros y las comunidades receptoras”, afirmó Espinosa.

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El director de Migración hizo un llamado a la comunidad para que evite utilizar pasos no autorizados y aclaró que quedan exceptuados del cierre de fronteras los casos considerados como emergencia humanitaria, así como el transporte de carga y mercancías, y los casos fortuitos y de fuerza mayor.

“Hacemos un llamado a la población para que no expongan su vida ingresando al país de manera irregular. Si necesitan ingresar a Colombia y es urgente, los invitamos a explicar su caso al oficial de Migración, quien consultará si puede autorizar el ingreso. Este es momento de cuidarnos y le pedimos a la población que arriesguen su integridad, dejando su vida en manos de mercaderes”, afirmó el director.

Frente a la salida de ciudadanos extranjeros de Colombia, se continuará haciendo en coordinación con Migración y las autoridades distritales y municipales.

Así mismo, establece este Decreto, que quienes ingresen a Colombia como parte de las medidas de excepción deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para el control del Coronavirus COVID-19 y deberán atender las instrucciones que, para evitar su propagación, adopten o expidan los diferentes ministerios y entidades del orden nacional y territorial.

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