Corte tumba facultad de asambleas departamentales de delegar en gobernadores modificación de presupuestos
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La Corte Constitucional tumbó algunas disposiciones de la Ley 2200 de 2022, relacionada con el funcionamiento de los departamentos, que les otorgaba facultades temporales a los gobernadores para modificar los presupuestos departamentales.
Las disposiciones que se acaban de caer son aquellas que autorizaban a las Asambleas Departamentales para delegar, temporalmente, en los gobernadores, las facultades de “incorporar, adicionar, modificar, efectuar traslados presupuestales y crear rubros presupuestales en las diferentes secciones del Presupuesto General del Departamento”.
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La Corte estudió una demanda que cuestionó que dichas disposiciones vulneraban el “principio de legalidad en materia presupuestal” y el reparto de competencias que, en materia presupuestal, prevé la Constitución.
“La Corte encontró que la competencia constitucional asignada a las asambleas departamentales para la modificación del presupuesto anual de rentas, que implique el aumento del gasto, el cambio de destinación del gasto y/o el aumento de las rentas es indelegable”, advierte un comunicado.
Para la Corte, la “aprobación del presupuesto y de las modificaciones que impliquen alteraciones en la identificación y en el cálculo de las rentas, el monto de los gastos públicos y su destinación sean aprobadas por las corporaciones públicas de elección popular a través de leyes, ordenanzas o acuerdos municipales, según corresponda”.