Publicidad
  • Dólar (TRM)$ 4.418,58
  • Euro$ 4.601,60
  • MSCI COLCAP1.391,95
  • Petróleo (Brent)US$ 75,17
  • Petróleo (WTI)US$ 71,24
  • Café (lb.)US$ 3,02
  • Oro (oz.)US$ 2.737,20
  • UVR$ 376,61
  • DTF E.A. (90d)9,22%
Estamos
viendo:
05:00 pm06:00 pm
Nacional

Corte publicó la sentencia que saca del Congreso a Ángela María Robledo

Publicidad
Corte publicó la sentencia que saca del Congreso a Ángela María Robledo

Aunque desde el pasado 24 de julio la Sala Plena de la Corte Constitucional tomó la decisión de tutela que tumbó la curul de la representante a la Cámara, Ángela María Robledo, tan solo hasta hoy 7 de diciembre esta fue publicada.

Como se trata de una decisión de tutela, la salida de Robledo del Congreso solo se podía hacer efectiva en el momento de la notificación del fallo.

Lea también: OMS considera que la vacunación obligatoria debe ser el “último recurso”

La Corte Constitucional confirmó una decisión del Consejo de Estado, de abril de 2019, que determinó que Robledo incurrió en doble militancia al no haber renunciado al partido Alianza Verde un año antes de su inscripción como la fórmula vicepresidencial de Gustavo Petro Urrego, por otro partido político, en las elecciones de 2018.

“Se concluyó que no era cierto que la prohibición de doble militancia no pudiera aplicarse a cargos como el de presidente y vicepresidente, pues quedó evidenciado que esta circunstancia ya se había analizado frente a estos altos cargos”, advierte el fallo de tutela.

Le puede interesar: Colectivos de mujeres piden cancelar concierto de J Balvin en la Feria de Cali

Robledo obtuvo su curul como un derecho concedido por el Estatuto de la Oposición al obtener la segunda votación en las pasadas elecciones presidenciales.

“Es necesario señalar que no existe un caso idéntico al ahora analizado y, por tanto, un precedente aplicable al mismo. Ello, en la medida en que esta figura, como se pudo explicar, es novedosa y la ciudadana Ángela María Robledo fue la primera candidata en acceder a este derecho personal, consagrado en el artículo 112”, agrega el fallo

Temas Relacionados:

Publicidad
Síguenos en nuestro canal de WhatsAppSíguenos en Google News