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Nacional

Corte Suprema: autodenominarse gestor de paz no suspende una extradición

El pronunciamiento lo hicieron al revisar el caso de una persona requerida por lavado de activos y concierto para delinquir en los Estados Unidos.

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Extradición Colombia - EEUU
Foto: AFP

La Corte Suprema de Justicia advirtió en un concepto que, autodenominarse gestor de paz del Gobierno, no suspende un trámite de extradición.

“La que suspendería la extradición no es el mero hecho de autodenominarse “gestor de paz”, sino la circunstancia de encontrarse incluido dentro de los listados entregados por las extintas FARC-EP al Gobierno nacional, y haber suscrito acta de compromiso ante la Jurisdicción Especial para la Paz, lo que implicaría que aquella Jurisdicción deba valorar previamente si sobre el requerido se configura la garantía de no extradición, advierte el alto tribunal.

El pronunciamiento lo hicieron al revisar el caso de Harold Ayala Pinedo, requerido por lavado de activos y concierto para delinquir en los Estados Unidos.

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Ayala alegó, para evitar su extradición, que había sido designado gestor de paz por el grupo criminal “Los Rastrojos Costeños”.

“La Corte no permitirá que aquello sea utilizado como estrategia para evadir una extradición, máxime cuando, en cualquier caso, aquello no impide, legalmente, acceder a la misma”, agrega el tribunal.

El magistrado Hugo Quintero, quien proyectó este pronunciamiento, advirtió que no es de recibo que “con un día de posterioridad al decreto probatorio, en el que se ordenó requerir al Alto Comisionado para la Paz, Harold Antonio Ayala Pinedo, por intermedio de un tercero, presente una solicitud de sometimiento de un grupo armado ilegal, con la finalidad de “demostrar” que él es “gestor de paz”, e intermediario entre la organización delictiva y el Gobierno Nacional”.

“Como el alto comisionado para la Paz informó que Harold Antonio Ayala Pinedo no está incluido dentro de los listados presentados, y las secretarías de la JEP indicaron que el solicitado no ha suscrito acta de compromiso ante esa jurisdicción, no existe obstáculo legal para acceder, de plano, a la extradición pedida por Estados Unidos., agrega la Corte.

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