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Nacional

¿Es Eljach candidato válido para procurador? Análisis de su postulación

Desde un análisis legal y objetivo, varios expertos coinciden en que no existen impedimentos jurídicos claros que justifiquen una postergación de la elección o la inhabilidad de Eljach para el cargo.

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¿Es Eljach candidato válido para procurador? Análisis de su postulación
Foto:Colprensa

En medio del proceso de elección del nuevo Procurador General de la Nación, ha surgido un debate en torno a la posible inhabilidad del candidato Gregorio Eljach, actual secretario general del Senado.

Por eso desde la Red de veedurías Ciudadanas de Colombia, se publicó este lunes un análisis donde se coincide en que no existen impedimentos jurídicos claros que justifiquen una postergación de la elección o la inhabilidad de Eljach para el cargo.

¿Qué dicen las inhabilidades en Colombia?

El régimen de inhabilidades en Colombia es claro en cuanto a que estas deben estar expresamente señaladas por la ley. No se permiten interpretaciones extensivas ni analogías que generen nuevas restricciones no previstas por el marco legal. En el caso de las elecciones para altos cargos como el de Procurador General, las inhabilidades que aplican se centran en servidores de elección popular directa, como los concejales, según lo dispuesto por la Ley 134 y otras normativas aplicables.

En este sentido, la función que desempeña Eljach, al ser de carácter administrativo y no electiva por voto popular, no lo colocaría en una posición de inhabilidad. Su postulación ha sido evaluada por instancias jurídicas competentes, como la Corte Suprema de Justicia, sin que se haya encontrado impedimento alguno para continuar en el proceso.

Conflictos de interés y recusaciones: ¿Es un tema relevante?

Otro de los puntos en discusión ha sido el posible conflicto de interés en el Senado al momento de votar la elección de Procurador General. Según la Ley 2003 de 2019, el Congreso está prohibido de incurrir en conflictos de interés en procesos de nominación, lo que significa que el trámite debe llevarse a cabo bajo un esquema de imparcialidad. A pesar de no existir un fundamento sólido que vincule directamente a los senadores con un conflicto de interés en esta elección, se ha discutido la posibilidad de tramitar nuevas recusaciones.

No obstante, la Comisión de Acreditación del Senado ya evaluó previamente esta situación, negando cualquier posibilidad de recusación en relación con este proceso. De acuerdo con la jurisprudencia del Consejo de Estado y la Corte Constitucional, las elecciones para este tipo de cargos deben seguir avanzando conforme a lo establecido por la ley, sin postergaciones ni trámites adicionales injustificados.

La fecha de elección y la postura de los partidos

El Senado ha fijado el 2 de septiembre como la fecha para la elección del Procurador General, y hasta el momento no existen fundamentos legales que ameriten un cambio en este cronograma. Algunos partidos han manifestado su apoyo a uno u otro candidato, lo cual es normal en un proceso democrático, pero esto no genera conflicto alguno con la legislación vigente que regula este tipo de elecciones.

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