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Nacional

Fiscal Martínez cuestiona decisiones frente a la Ley Estatutaria de la JEP

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El fiscal general, Néstor Humberto Martínez, cuestionó el comunicado de prensa mediante el cual la Corte Constitucional anunció las decisiones adoptadas frente a la aprobación de la Ley Estatutaria de la administración en justicia de la Jurisdicción Especial para la Paz.

El jefe del ente investigador advierte que las investigaciones por delitos cometidos después de la firma de los acuerdos de paz, de acuerdo con el comunicado, serán competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz, que en últimas determinará si estos pasan a la justicia ordinaria.

“(…) Corresponde a la JEP en ejercicio de su competencia prevalente, evaluar la conducta y determinar su remisión a la jurisdicción ordinaria”, señaló la Corte Constitucional en su comunicado y frente a la jurisdicción competente para estos casos.

Con lo anterior el fiscal advierte que “en la práctica se haría imposible la judicialización de los reinsertados que continúen conservando narcocultivos, almacenando estupefacientes o destinando ilícitamente inmuebles para el narcotráfico”

Así las cosas, habría ausencia de autoridad, competente para conocer de actos urgentes de allanamiento, registro, incautación y capturas, porque “la Fiscalía carecería de competencia hasta que la JEP decida, caso por caso, si la otorga a la jurisdicción ordinaria“.

En cuanto a la suspensión de investigaciones contra agentes del Estado  y reinsertados, advierte que la Fiscalía queda “maniatada” cuando estos se sometan a la Jurisdicción Especial para la Paz, pese a que debe continuar con las investigaciones.

“En su interpretación deja maniatada completamente la actividad investigativa, al prever que ‘no podrán ordenar la citación a la práctica de diligencias judiciales”, señala el fiscal en su misiva al magistrado Alejandro Linares.

Lo anterior evidencia que no se podrán citar a entrevistas, interrogatorios, indagatorias, audiencias de formulación de imputación de cargos y que durante el tiempo que la JEP asuma estos casos, es decir un término hasta de tres años, no habrá quien asuma investigaciones.  

Respecto a la investigación penal de graves crímenes, señala el fiscal Néstor Humberto Martínez, que el ente investigador insistió, que a partir del principio de selección “no debía ser posible la renuncia a la acción penal respecto de crímenes de guerra y de lesa humanidad”.

Indica que tal disposición habría sido condicionada porque “se refiere exclusivamente a aquellos que adquieran la connotación de crímenes de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra cometidos de manera sistemática “, que podrán ser atribuidos a máximos responsables.

“¿Podría interpretarse que con el mero juzgamiento de los máximos responsables quedan liberados de responsabilidad penal los demás agentes del conflicto que no ostentan dicha condición?”, cuestiona el fiscal Martínez.

Finalmente frente al trámite de extradición, señala que a la Fiscalía le preocupa que un nuevo pronunciamiento al respecto genere las siguientes consecuencias, cuando se trate de delitos de cooperación con autoridades internacionales:

  • Se sustraiga a Colombia de la posibilidad de materializar circulares rojas de Interpol,  en la lucha global contra el crimen. 
  • Se asuma que la extradición le impide al Estado colombiano investigar y juzgar a los reinsertados extraditables.
  • Se abra la posibilidad de que autoridades distintas al fiscal general  de la Nación se dispongan de la libertad del capturado con fines de extradición.

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