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Nacional

La prueba reina con la que la exfiscal Hilda Niño demostraría que cambio de reclusión no fue por componendas  

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Dentro de todo este capítulo jurídico en el cual se abrió investigación formal y se llamó a indagatoria a los congresistas Álvaro Uribe Vélez y Álvaro Hernán Prada, por presunta manipulación de testigos; se evidenció también una conversación que habría sostenido el abogado Diego Cadena con la exfiscal Hilda Niño Farfán, en la cual según el auto de la Corte, ella a cambio de que le ayudaran como el cambio de lugar de reclusión, se comprometía a desprestigiar el proceso que existe contra Santiago Uribe, hermano del expresidente Uribe.

El compromiso según el alto tribunal, y por el cual compulsó copias a la Fiscalía General, habría consistido en que ella haría una declaración diciendo que todo el proceso contra Santiago Uribe “habría sido un montaje”. El compromiso según ha transcendido, sería lograrle un cambio de sitio de reclusión ya que se encontraba en la cárcel del Buen Pastor pero ahora está en la Escuela de Carabineros.

No obstante, el abogado Edgar Torres, quien defiende a la exfiscal, afirmó que el cambio de reclusión no se dio por ninguna “contraprestación” sino a raíz del fallo de una tutela presentada ante la misma Corte Suprema de Justicia en abril de este año.

Precisamente CM& conoció el fallo de tutela que profirió la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia el 30 de abril del presente año, la cual sería para la exfiscal y para su defensa la prueba reina que demostraría que el cambio de reclusión de la cárcel El Buen Pastor a la Escuela de Caballería fue por una orden judicial.

En el documento de 12 páginas el magistrado Luis Armando Tolosa, indicó que el 19 de diciembre de 2017 el Tribunal Superior de Bogotá, determinó que “por razones de seguridad y para cumplir con la medida de aseguramiento impuesta” contra la exfiscal, ella no debía ser enviada a la cárcel de mujeres El Buen Pastor, sino al Centro de Estudios Superiores de la Policía Nacional en Bogotá o a otro de las mismas características.

Agrega la sentencia que el pronunciamiento hecho por el tribunal se dio “atendiendo a las denuncias sobre su seguridad e integridad personal, de lo cual el magistrado extrajo la necesidad de reubicarla en otro lugar”.

“La orden, que no contiene ambigüedad, le impone al instituto impugnante trasladar a la querellante, bien al Centro de Estudios Superiores de la Policía Nacional con sede en Bogotá o a otro similar, donde se proteja de forma efectiva la seguridad de aquella, pues, como se anotó, el tribunal estimó la imposibilidad de lograr ese objetivo donde la libelista se encuentra, esto es, en la cárcel de mujeres El Buen Pastor”, agrega el fallo.

En ese punto, señaló el abogado de la exfiscal en entrevista con CM&, que “el traslado no fue objeto de ninguna contraprestación, mi labor como defensor fue la de obtener una sustitución de la medida de aseguramiento de reclusión intramural por una reclusión especial que determinó el Tribunal Superior de Bogotá”.

Indicó que incluso en esa ocasión la Corte “dio un término de 15 días para que se designara un sitio de reclusión especial para Hilda Niño”.

“Esto no es una contraprestación de nadie ni de nada, es más, fallada la tutela tampoco se produjo el traslado, fue necesario iniciar un proceso de desacato al interior de la Sala Penal, incidente que generó que por fin se decidiera el traslado de Niño a la Escuela de Carabineros”, agregó.

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