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Nacional

Pdte. Duque firma decreto reglamentario sobre porte de drogas

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El decreto expedido hoy por el Gobierno nacional para facultar a la Policía a decomisar toda cantidad de droga que descubra en los espacios públicos “es una medida para proteger y defender a nuestros niños, jóvenes y sus familias”, dijo el presidente Iván Duque.

Durante un acto en la Casa de Nariño, en el que estuvieron los ministros de Defensa, del Interior, de Justicia, de Salud y de Educación, además del fiscal general y el contralor general, así como algunos gobernadores y alcaldes, el primer mandatario señaló que el decreto esta reglamentando el Código de Policía, que fue aprobado por el Congreso con el respaldo de todos los partidos.

“Este decreto, que es una norma de naturaleza administrativa, ni penal, dota a la Policía de las herramientas necesarias para confiscar cualquier cantidad de droga que un ciudadano porte en el espacio público y evitar así que los jíbaros se camuflen en la autorización de la dosis mínima para inducir a niños y jóvenes al consumo de drogas”, subrayó el mandatario.

Además, anotó que la medida no penaliza la dosis mínima ni pretende encarcelar a los consumidores.

La medida “es totalmente respetuosa de las libertades protegidas por las altas cortes y por jurisprudencia y por eso, aquellos a quienes les sea confiscada una cantidad igual o menor a la dosis mínima permitida y demuestren debidamente su condición de adictos, esta les será devuelta”, aseguró en un comunicado el Gobierno nacional.

El decreto

La disposición del Gobierno determina, entre otras cosas,  lo siguiente:

  • “En el marco del proceso único de Policía, cuando la autoridad advierta la posible infracción de la prohibición de tenencia o porte de sustancias psicoactivas ilícitas, tales como marihuana, cocaína o sustancias derivadas de la cocaína, heroína o derivados de la amapola o drogas sintéticas, se aplicará el procedimiento establecido  en el proceso verbal inmediato del Código Nacional de Policía”.
  • “Lo dispuesto (…) se aplicará únicamente a las presuntas infracciones derivadas del porte y tenencia de las cantidades de dichas sustancias que las normas vigente determinan como dosis personal”.
  • “El porte y tenencia de cantidades que excedan la dosis personal será judicializado de conformidad con la normatividad vigente”.
  • “En los casos previstos (…) la autoridad competente procederá a oír en descargos al presunto infractor”.
  • “En el evento en que el presunto infractor una vez surtido el trámite del proceso verbal inmediato sea encontrado como responsable de un comportamiento contrario a la convivencia relacionado con el porte de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, procederá a imponer en todo caso la medida correctiva de destrucción del bien, sin perjuicio de las demás a que hubiere lugar”.
  • “Para la aplicación del medio de Policía de incautación y de la medida correctiva de destrucción de las sustancias el uniformado se sujetará al protocolo establecido en la guía de actuación de competencia del personal uniformado de la Policía Nacional, frente al Código Nacional de Policía y convivencia”.

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