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Nacional

‘Proceso de restitución de tierras es vital para impulsar construcción de paz’

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‘Proceso de restitución de tierras es vital para impulsar construcción de paz’

Al fallar una tutela la Corte Constitucional recordó la importancia que tiene el proceso de restitución y formalización de tierras a favor de las víctimas del conflicto armado.

Indicó el alto tribunal que su objetivo es el restablecimiento de la situación previa a las violaciones sufridas como consecuencia del conflicto armado interno, por lo que advirtió que no se le puede imponer cargas innecesarias a aquellas víctimas de desplazamiento forzado.

Señaló la corporación judicial, con ponencia de la magistrada Diana Fajardo, que “la acción de restitución de tierras se desarrolla en un contexto de justicia transicional, y por ello, está dirigida a la dignificación de las víctimas que han sufrido múltiples violaciones de derechos humanos”.

Este pronunciamiento lo hizo al amparar los derechos de una mujer que está buscando la restitución de un predio, el cual tuvo que abandonar a raíz de las amenazas de la cual fue parte por grupos paramilitares.

Explicó la Corte que la población víctima de desplazamiento forzado se encuentra en una situación “grave y masiva vulneración de sus derechos fundamentales, por lo que el proceso de restitución de tierras busca materializar la protección de algunos de esos derechos”.

A juicio de la magistrada “el proceso de restitución de tierras es un elemento para impulsar la construcción de la paz, al establecer reglas de un procedimiento especial y con efectos diferentes a los del régimen del derecho común, con el fin de restituir los bienes a las personas que han sido víctimas del conflicto armado y proteger sus derechos”.

“El derecho a la reparación integral prevé la restitución de tierras despojadas, acompañada de la formalización de las mismas, en beneficio de las víctimas de despojo y desplazamiento forzado, con el fin de dignificarlas y contribuir a la cesación de la vulneración masiva de derechos a la que se enfrentan”, afirmó la magistrada.

Y agregó que “por lo anterior, esta Corporación ha advertido que la restitución y formalización de tierras es un procedimiento especial y preferente, como herramienta de construcción de paz, en el marco del cual se han establecido unas reglas que permiten que su desarrollo sea más flexible y expedito, dadas las circunstancias de vulnerabilidad en que se encuentran sus destinatarios, entre las cuales se previeron reglas para la publicidad de las actuaciones que se desplieguen, de tal forma que se garantice también la participación y el derecho de defensa y contradicción de los terceros que puedan verse afectados”.

Advirtió que por esa razón en diversos pronunciamientos, la Corte ha reconocido que las víctimas de desplazamiento forzado no pueden soportar las cargas y los tiempos procesales ordinarios de la misma forma que el resto de la sociedad, dada la grave y masiva afectación de derechos fundamentales que han sufrido como consecuencia del hecho victimizante.

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