Publicidad
  • Dólar (TRM)$ 4.418,58
  • Euro$ 4.601,60
  • MSCI COLCAP1.391,95
  • Petróleo (Brent)US$ 75,17
  • Petróleo (WTI)US$ 71,24
  • Café (lb.)US$ 3,02
  • Oro (oz.)US$ 2.737,20
  • UVR$ 376,61
  • DTF E.A. (90d)9,22%
Estamos
viendo:
12:30 pm01:30 pm
Política

Diputado del Partido Cambio Radical sancionado por doble militancia

Publicidad
Diputado del Partido Cambio Radical sancionado por doble militancia

En la tarde de este lunes, el Consejo de Control Ético del Partido Cambio Radical sancionó al diputado de Bolívar, Víctor Mendoza Saleme, por doble militancia.

El Consejo de Control Ético tomó esta decisión sustentada en que el diputado siendo miembro del Partido apoya las candidaturas de Happy Becerra a la Cámara de Representantes y al Senado a su primo Fabio Amín Saleme, ambos del Partido Liberal.

Le puede interesar: (Video) Futbolista de Ucrania se conmueve hasta las lágrimas por ovación y apoyo de aficionados hacia su país

“Sancionar al diputado del departamento de Bolívar con pérdida total del derecho a voz y voto por el resto del periodo, que corre a partir de la fecha de notificación de este pronunciamiento”, señala el documento del Consejo de Control Ético del Partido Cambio Radical.

Lo anterior significa que, aunque seguirá siendo diputado, el señor Víctor Mendoza Saleme, no tiene ni voz ni voto en los debates, ni en las decisiones que se tomen en la Asamblea de Bolívar.

Por la misma causal se abrió indagación preliminar en contra de los concejales de Cartagena: Luis Javier Cassiani, Wilson Toncel y Carlos Barrios.

Vea también: Cancillería entregó instrucciones para colombianos residentes en Rusia

“La doble militancia es un delito electoral que en Cambio Radical no vamos a aceptar, los que incurran en ella deberán asumir las sanciones que la Ley establece”, aseguró el director  Germán Córdoba Ordóñez.

De acuerdo con el artículo 107 de la Constitución Política de Colombia “(…) En ningún caso se permitirá a los ciudadanos pertenecer simultáneamente a más de un partido o movimiento político con personería jurídica”. Es así como constitucionalmente y en pro del fortalecimiento de los partidos políticos, el legislador prohibió el trasfuguismo político y estableció la figura de doble militancia.

Temas Relacionados:

Publicidad
Síguenos en nuestro canal de WhatsAppSíguenos en Google News