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Política

Petro delega nuevas funciones a ministros: podrán posesionar funcionarios de alto nivel

Las excepciones también aplicarán para los empleos de la Presidencia de la República: esto apunta la normativa, que delegará otras funciones a miembros del Gabinete de Petro

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Petro Israel
Presidencia

Mediante la firma del decreto 0658 de 2024, el presidente Gustavo Petro delegó, en ministros y directores de departamentos administrativos, la potestad de nombrar y posesionar funcionarios de alto nivel, con excepciones.

Una de las salvedades tiene que ver con la “declaración y provisión de vacancias definitivas y temporales” en distintos cargos del Estado, como: viceministro, subdirector de departamento administrativo, secretario general de ministerio o departamento administrativo, agentes diplomáticos y consulares.

Las excepciones también aplicarán para los empleos de la Presidencia de la República: jefe de despacho presidencial, secretario para la gestión y el cumplimiento, secretario para la transparencia, secretario para las comunicaciones y prensa, secretario privado, secretario jurídico, consejero presidencial, consejero comisionado de paz, directores, subdirector general, subdirector de gestión técnica, subdirector de gestión corporativa, jefe para la protección presidencial y jefe de Casa Militar, cuya facultad continuará en el presidente de la República”.

La normativa también le delegará funciones al ministro del Interior (en este caso, Luis Fernando Velasco), quien tendrá la facultad para designar a alcaldes y gobernadores ad hoc, y de ejecutar sanciones disciplinarias a exfuncionarios públicos.

“Delégase en el ministro del Interior las funciones relacionadas con la ejecución de las sanciones disciplinarias impuestas por la Procuraduría General de la Nación a los exgobernadores y exalcaldes de distrito, esto es, respecto de aquellos que para la fecha de la ejecución de la sanción no se encuentran ejerciendo dichos cargos., puntualiza la normativa.

Otras funciones delegadas

  • Canciller (ministro de relaciones Exteriores): podrá “reconocer excedentes de tiempo de servicio, adelantar la inscripción de ascenso en el escalafón y el consecuente ascenso al cargo de la carrera diplomática y consular y ejecutar las sanciones disciplinarias emitidas por el Ministerio”.
  • Ministro de Defensa: podrá “reconocer excedentes de tiempo de servicio, adelantar la inscripción de ascenso en el escalafón y el consecuente ascenso al cargo de la carrera diplomática (respecto del personal de las Fuerzas Militares, hasta el grado de coronel o capitán de Navío) y consular y ejecutar las sanciones disciplinarias emitidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores”. También podrán entregar “medallas y condecoraciones militares al personal o a instituciones nacionales”.
  • Ministros del Interior y Justicia:  podrán “aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, o celebrar contratos” de despachos como el Consejo Nacional Electoral, la Registraduría y de la Rama Legislativa, “incluidos los congresistas”.

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