Publicidad
  • Dólar (TRM)$ 4.418,58
  • Euro$ 4.601,60
  • MSCI COLCAP1.391,95
  • Petróleo (Brent)US$ 75,17
  • Petróleo (WTI)US$ 71,24
  • Café (lb.)US$ 3,02
  • Oro (oz.)US$ 2.737,20
  • UVR$ 376,61
  • DTF E.A. (90d)9,22%
Estamos
viendo:
03:00 pm04:00 pm
Noticias

Ponen freno a los contratos por prestación de servicios con el Estado

Publicidad
Ponen freno a los contratos por prestación de servicios con el Estado
Foto: Getty images

El presidente de la República, Gustavo Petro y la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, han tenido los contratos por prestación de servicios en la mira, es importante recordar que este fue uno de los temas relevantes tratados con la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia (CUT).

Pero, en este caso, el Gobierno Nacional dio su primer paso con el tema de las nóminas paralelas del Estado, es decir los constantes contratos por prestación de servicios que se hacen en la contratación pública.

Desde los primeros días de gobierno de Gustavo Petro, el mandatario ordenó a los ministros desmantelar las nóminas en entidades públicas.

En este contexto, el director del Departamento Administrativo de la Función Pública y el director (e) Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), enviaron una circular con los lineamientos del “Plan de Formalización del Empleo Público en Equidad”, lo cual, en pocas palabras, pone freno a la contratación desmedida por prestación de servicios con el Estado.

El propósito expuesto en la circular es el de, “avanzar en la dignificación del empleo público a través de la vinculación del personal necesario para administración pública tanto en el orden nacional como territorial, y con miras a darle cumplimiento al programa de gobierno“.

Estos lineamientos entrarán en vigencia a partir del 1 de enero de 2023.

Así las cosas, los principales lineamientos son:

  • La provisión de todos los cargos de las plantas de personal existentes y en vacancia.
  • La ampliación de las plantas de personal existentes, siempre que las condiciones técnicas y financieras así lo permitan.
  • La creación de plantas temporales en equidad, con criterios meritocráticos y con vocación de permanencia.

Restricción a la contratación por prestación de servicios:

El uso racional de los contratos de prestación de servicios que proponen los lineamientos inicia por la duración, puesto que, este deberá tener un término de cuatro (04) meses. Plazo durante el cual deberán elaborar los estudios técnicos requeridos y establecer la planta temporal de personal necesaria y suficiente que supla las necesidades que se requieran.

Es decir, que solo podrán tener a una persona por prestación de servicios en un término de cuatro meses y seguidamente deberán demostrar que este cargo es necesario para el desarrollo de las actividades de la entidad pública y deberán hacer una contratación de planta.

Esto se da con el fin de que los puestos públicos dejen de hacer parte de la politiquería, cargos que se entregan a dedo y que además de permitir corrupción, generan gasto excesivo en la administración pública.

Temas Relacionados:

Publicidad
Síguenos en nuestro canal de WhatsAppSíguenos en Google News