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Pulso entre el uribismo y el gobierno por beneficios de la justicia especial para los militares

El Ministro de Defensa explicó el futuro de investigaciones penales contra militares por crímenes con motivo del conflicto, luego que los promotores del No al plebiscito le propusieran su propia reforma al Congreso.

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Pulso entre el uribismo y el gobierno por beneficios de la justicia especial para los militares

El pasado miércoles 17 de agosto, los senadores del Centro Democrático Uribe, Rangel y Gaviria hicieron una sorpresiva propuesta para atrapar la atención de los militares en problemas judiciales. Plantearon un Tribunal especial para uniformados en líos penales con un sistema que los beneficie con condenas de máximo cinco años para algunos y libertad condicional para otros siempre y cuando sus delitos estén relacionados con la guerra.

El Gobierno Nacional, por su parte, ha planteado que los miembros de las fuerzas armadas que se sometan a la justicia especial debido al acuerdo de paz, reciban libertad condicional cuando hayan cumplido mínimo cinco años de la pena impuesta por la justicia ordinaria. El Gobierno calcula que entre esos uniformados, hay cerca de 1.020 que estarían listos para salir de las cárceles.

El uribismo, sin embargo, ha dicho que los miembros de las fuerzas armadas no pueden tratarse judicialmente en el mismo nivel que los guerrilleros. El Gobierno contestó de inmediato a través del Ministro de Defensa entendiendo que los opositores del proceso de paz pretenden dividir a las fuerzas armadas.

“Este tratamiento penal diferenciado se materializa básicamente en la posibilidad de aplicar la renuncia a la persecución penal para los agentes del Estado que pueden ser aquellos que hayan sido condenados, aquellos que estén procesados o señalados de cometer conductas punibles relacionadas directa o indirectamente con el conflicto armado siempre y cuando no constituyan delitos graves”, indicó el ministro de Defensa, Luis Carlos Villegas.

El Ministro se refirió explícitamente a los delitos que tienen que ser excluidos de esta “renuncia a la persecución penal del Estado” por los estándares internacionales de justicia.

Los crímenes de guerra, el secuestro y otras privaciones graves de la libertad, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de delitos sexuales, la sustracción de menores, el desplazamiento, el reclutamiento de menores”, agregó Villegas.

Aclaró que de todas maneras se busca una solución jurídica definitiva para los miembros de la fuerza pública que cuyos delitos se ajusten a ese esquema.

“Cosa juzgada no se reabre la causa. (…) Todo lo que se defina para los agentes del estado termina con sus causas judiciales definitivamente y no se puede estar reabriendo. El caso del Palacio de Justicia es el ejemplo más claro”, puntualizó el Ministro de Defensa.

El Ministro agregó que seguirán contemplados en el código penal militar, los delitos contra el servicio, la disciplina, el honor y los intereses de la fuerza pública.





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