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Uno, Dos, Tres

Uno | Un tema crucial en la Corte: ¿cuál es la reciprocidad de los congresistas con quienes financian sus campañas?

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Una decisión crucial deberá tomar en los próximos días la Corte Constitucional.

El exmagistrado Armando Novoa y el colectivo José Alvear Restrepo demandaron la ley que debilitó el régimen de conflicto de interés en el Congreso. Según los demandantes, los congresistas modificaron la Ley Quinta, para poder votar proyectos de ley que favorecen a las empresas que los han financiado en sus campañas políticas.

De acuerdo con la norma que se demanda, los parlamentarios hábilmente se autoblindaron en el reglamento del Congreso porque nunca tendrían que declararse impedidos por conflicto de interés. El siguiente ejemplo ilustra bien el alcance de la demanda que fallará la Corte: la plenaria de la Cámara debate un proyecto que crea sellos frontales de advertencia sobre productos comestibles ultraprocesados que contienen exceso de azúcar, sodio y grasas saturadas. Parlamentarios que han recibido financiación de empresas de productos comestibles ultraprocesados anuncian que no se marginan del debate y votan para que se archive el proyecto. Finalmente, claro, el proyecto de ley se archivó. En las próximas elecciones, las empresas de la industria de productos ultraprocesados vuelven a financiar las campañas de estos congresistas para que sean reelegidos.

Según Transparencia por Colombia, usar discrecionalmente un cargo público para beneficiar a particulares puede significar práctica corrupta. «Cuando los líderes elegidos tienen alguna deuda con sus financiadores privados, pueden verse conminados a recompensar a quienes aportaron a sus campañas», afirma una comunicación que dirigió Transparencia por Colombia a la magistrada Cristina Pardo, ponente de la demanda. La Universidad Externado de Colombia consideró que las contribuciones a campañas políticas son una de las formas más comunes de soborno.

La norma demandada y que debe fallar la Corte se conoce como «la ley del vivo». ¡Ave María!

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