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Uno | Regaño de la Corte Constitucional por las trampas laborales contra las mujeres en embarazo

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La Corte Constitucional manifestó hoy su preocupación por el uso de trampas laborales. 

Dice la Corte que es indebido el uso de «mecanismos de flexibilización» en los contratos de tercerización de servicios para evadir la obligación legal de proteger a las trabajadoras en estado de embarazo.

Advierte la Corte que las empresas deberían promover la inclusión de las mujeres en el mundo laboral para lograr la igualdad entre los sexos, cuestionando que existe lo que llama «una evidente discriminación institucional y estructural contra la mujer gestante». 

Este pronunciamiento lo hizo al analizar el caso de una mujer que quedó sin trabajo tras haber avisado que había quedado en embarazo.

Tenía un contrato de obra para hacer aseo en la Fiscalía General de la Nación y la empresa que la contrató la dejó desprotegida, al omitir la práctica de un examen de egreso para que no apareciera la anotación de su embarazo.  

La Corte dice que no son admisibles los argumentos de sobrecostos o posibles incomodidades que las empresas alegan sobre los casos de mujeres en embarazo. Garantiza así la permanencia de las mujeres gestantes en el mercado laboral.  

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