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UNP debe dar celeridad a peticiones de protección de defensores de derechos humanos

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Al fallar una tutela la Corte Constitucional cuestionó las demoras que se presentan por parte de la Unidad Nacional de Protección a la hora de estudiar las solicitudes de protección que presentan los defensores de derechos humanos o la promoción de la paz en los territorios.

Indicó el alto tribunal que teniendo en cuenta los asesinatos y amenazas que se han presentado en el país, es necesario que la UNP “actúe de manera proactiva, sin dilaciones injustificadas que pongan en riesgo la vida, la integridad física, la libertad, y la seguridad personal de las y los solicitantes”.

Este pronunciamiento se hizo al estudiar el caso de una persona que se desempeña como director del Programa de Paz Territorial, en una de las Zonas Veredales Transitorias de Normalización donde están exguerrilleros de las Farc.

El funcionario afirmó que temía por su vida y que había sido víctima de desplazamiento forzado, pero sólo cuatro meses después de la UNP determinó que no necesitaba protección.

Para la Corte la tardanza es injustificada, pues recordó que el plazo para evaluar la situación de riesgo es de 30 días hábiles.

La Corte recordó que en 2017 se registraron 121 asesinatos, a líderes sociales y comunitarios.

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