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¿Quiénes se quedan por fuera por el régimen de traslado de la reforma pensional?

Presidente de Asofondos explica como regirá la ventana de traslados aprobada que establece la reforma pensional. ¿Quiénes no podrán acceder?

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El superintendente financiero, César Ferari, expresó críticas sobre la ventana del traslado del régimen privado a Colpensiones que establece la actual reforma pensional. Según Ferrari, esta medida permite a los ciudadanos cambiarse de régimen durante un periodo de dos años, pero está limitada de una forma.

“Lamentablemente, limita a quienes tienen menos de diez años para cumplir la edad de pensión, lo cual es discriminatorio para los mayores y no respeta la ley de protección a la vejez, que es la ley 2055 del año 2000”, dijo el superintendente.

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Afirmó, también, que debería tomarse como consideración en el momento de reglamentar la ley, asegurando que, el incremento de litigio para poder realizar los traslados podría tener un efecto negativo en la reforma.

Sobre el panorama de cara a la reforma, Andrés Velasco, presidente de Asofondos, habló con 6 AM sobre el traslado y lo dicho por Ferrari.

“Es un hecho que el proyecto de ley, que finalmente fue aprobado en el Congreso de la República y sancionado por el presidente en el pasado mes de julio, deja por fuera el traslado de aquellas personas que ya cumplieron la edad de pensión”, dijo Velasco. “La esperanza era que se pudieran habilitar con la reglamentación, pero el decreto reglamentario salió hace unos días y no tuvo esta consideración”, agregó.

Aseguró, además, que, si un ciudadano tenía la ilusión de abrir la ventana de traslado, ya no podrá lograrlo y su única opción, para tratar de consolidar su expectativa, sería una demanda.

Dicha demanda podrá ser llevada a cabo por mujeres que acumularon 750 semanas cotizadas de trabajo y los hombres que lograron 900 semanas.

“Ellos entran a la asesoría en los fondos privados, reciben la llamada, pasan el caso a Colpensiones y después, si ese ciudadano toma la decisión de trasladarse, solicitará la doble asesoría y a la hora de la aprobación se le dirá que no está autorizado por la ley y tendrá que poner una demanda”.

Vea también: Casos de la vida real para entender la reforma pensional Sin Carreta

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